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Legislación Internacional
La Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada por la ONU en 1948 es la afirmación fundamental de principios sobre derechos humanos. Contiene dos Artículos, el 19 y el 21, que son cruciales respecto a las obligaciones de los gobiernos sobre el papel de los medios en las elecciones. El primero de ellos garantiza el derecho a la libertad de expresión. El segundo garantiza el derecho a tomar parte en elecciones secretas periódicas.
La Declaración Universal impone obligaciones a todos los miembros de la comunidad internacional. Pero, en tanto declaración, lo solo son en lo que concierne a las leyes internacionales consuetudinarias. Con la adopción del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos en 1966, esas mismas disposiciones fueron ampliadas y se les confirió fuerza vinculante legal sobre todos los estados que lo ratificaron. El Artículo 19 del Convenio Internacional afirma que:
Todos los individuos deben tener el derecho a la libertad de expresión; este derecho debe incluir la libertad de buscar, recibir y comunicar información e ideas de toda clase, independientemente de fronteras, ya sea de manera oral, escrita o impresa, en forma artística o a través de cualquier otro medio de su elección.
